Mientras la Cámara de Mendoza confirma la supensión la ley de medios audiovisuales por supuestos "vicios parlamentarios" (¿No era que el Congreso era el único que podía velar por la sanción de su propio reglamento? ¿Division de poderes, anyone?), la ONU elabora un informe en la que felicita la norma argentina en materia de medios.
Esta es la nota que escribí para Página/12.
Foto: Dailyinvention
LA CAMARA FEDERAL DE MENDOZA FALLO CONTRA LA LEY DE MEDIOS
Un caso para la Corte Suprema
Es la primera decisión de un tribunal de segunda instancia. Se basa en la queja de un diputado por haber sido “privado de ejercer el derecho de intervención” en el trámite de sanción de la ley. El Gobierno apelará ante la Corte.
La Cámara Federal de Mendoza confirmó ayer un fallo en primera instancia de una jueza de esa provincia y ratificó la suspensión de la aplicación de la Ley de Medios de Servicios de Comunicación Audiovisual. En febrero, el Gobierno había apelado la medida, pero la Cámara entendió que “aparecen vicios de ilegitimidad, arbitrariedad y gravedad institucional”. Así, mientras dure esta medida, vuelve a regir la 22.285 de 1980 y el Comfer como autoridad de aplicación. “Es increíble –opinó Gabriel Mariotto, presidente de la Autoridad Federal de Aplicación de la norma–, se suspende una ley democrática por un supuesto ‘vicio parlamentario’, y vuelve a regir una ley de la dictadura.” El Gobierno confirmó que apelará y el caso llegará a la Corte, que deberá resolver la cuestión de fondo.
El fallo lleva la firma de los camaristas Otilio Roque Romano, Alfredo López Cuitiño y Julio Demetrio Petra. Los magistrados entendieron que se violaron los derechos del diputado del PJ disidente Enrique Thomas –autor del amparo– porque el legislador “fue privado de ejercer el derecho de intervención” en el trámite de sanción de la ley. Por eso, el tribunal sostuvo que en el tratamiento “aparecen vicios de ilegitimidad, arbitrariedad y gravedad institucional que aconsejan mantener el estado de suspensión en la aplicación y actos de ejecución” mientras se sustancia la cuestión de fondo.
La Cámara Federal mendocina es la primera que se expide en segunda instancia sobre la ley 26.522. En diciembre último, la jueza Olga Pura de Arrabal dispuso como medida cautelar la suspensión de la norma por interpretar que el Congreso había incurrido en irregularidades reglamentarias.
En diálogo con Página/12, la diputada Patricia Bullrich celebró la medida. “Denunciamos en su momento que la ley había sido tratada de manera irregular y en eso se basó la intervención de Thomas. Lo que hay que hacer ahora es dejar de aplicar la ley”, expresó la legisladora de la Coalición Cívica. La titular de la Comisión de Libertad de Expresión, Silvana Giúdici, se mostró de acuerdo y recordó por su parte que el gobierno nacional “cometió irregularidades y desobediencias al fallo de primera instancia porque siguió dictando medidas desde la Autoridad Federal de Aplicación (Afsca)”.
Gabriel Mariotto, titular de la Afsca ahora suspendida, expresó su desacuerdo con el fallo. “Cuando la ley se empezó a discutir, la oposición lanzó todo tipo de descalificaciones: que era la ley de (Hugo) Chávez, que era la ley de las telefónicas, que íbamos a revisar las licencias cada dos años, que ‘ese Congreso’ no lo podía tratar... Finalmente, llegó al Parlamento y logró una gran adhesión. La democracia votó una norma, y ahora quieren armar una instancia judicial para frenarla.” El funcionario señaló “la paradoja de cuestionar un supuesto vicio parlamentario para suspender la ley de la democracia y pretender entonces aplicar la ley de la dictadura” y recordó que mientras dure la suspensión vuelve a regir la norma de radiodifusión de 1980.
Ahora, el Gobierno apelará y llevará el caso a la Corte Suprema. Los funcionarios consultados argumentan que ya en 1994 el máximo tribunal había sentado precedente sobre la materia, estableciendo que las cuestiones de interpretación de los reglamentos de las Cámaras sólo le competen al Congreso. La Corte –apuestan– también debería fallar a favor del Gobierno sobre la cuestión de fondo. “La ley en sí es sólida. Es lo más avanzado en la materia que hay en el continente y un gran avance respecto de lo que había”, aseguraron, y recordaron que la 26.522 cuenta con el respaldo de organismos internacionales como la ONU.
La ratificación de la suspensión de la ley es el revés judicial más fuerte recibido por la norma hasta ahora. Sin embargo, un funcionario que sigue de cerca la batalla judicial eligió mirar el camino con optimismo. “Hasta ahora veníamos de Cámara en Cámara, apelando cada fallo. Ahora que vamos a la Corte, tendremos una sentencia firme y final”, expresó.
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Mientras tanto, en Naciones Unidas...
FRANK LA RUE, RELATOR DE LA ONU
“Felicito la ley”
El guatemalteco Frank La Rue es relator de Libertad de Expresión de Naciones Unidas. En julio pasado llegó a nuestro país para interiorizarse sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, por entonces un proyecto del gobierno de Cristina Fernández, y terminó dándole un amplio apoyo. En diálogo con Página/12, La Rue lamenta la suspensión de la norma aprobada y anticipa que la Unesco difundirá este año un informe que toma la ley de medios audiovisuales argentina como “un ejemplo mundial”.
–¿Qué entiende la relatoría por “libertad de expresión”?
–Nuestro planteo es que la libertad de expresión es un derecho individual y un derecho colectivo: un derecho de todos. Consideramos a la comunicación social ante todo como un servicio público, incluso antes de ser un negocio. Creemos importante que todos los sectores sociales –sin importar su origen étnico, económico o religioso– tengan igualdad de derechos en el acceso a los medios de comunicación, ya que esta igualdad en el acceso permite que los distintos sectores sociales combatan la discriminación y el racismo.
–¿Cuál fue el motivo de su apoyo a la ley de medios audiovisuales?
–Parte de esa misma idea de considerar las frecuencias electromagnéticas como un bien público, como un servicio público. Felicito la ley aprobada en Argentina porque busca una fórmula equitativa en el manejo de las frecuencias, entre lo que serían las –legítimas– concesiones comerciales, las frecuencias públicas estatales y los medios comunitarios. La relatoría de Naciones Unidas siempre ha hecho hincapié en la diferenciación entre los tres segmentos, y esta ley lo tradujo en una guía. Es por eso que en el informe que presentaremos en Ginebra el próximo mes de junio felicitaremos la ley de servicios audiovisuales. La Argentina ha dado un ejemplo mundial, en especial en lo que respecta a los medios de comunicación comunitaria.
–Sin embargo, la Justicia hizo lugar a presentaciones de opositores y propietarios de medios y la ley se encuentra ahora suspendida.
–Muchos están ofendidos por esta legislación, pero es porque han gozado de sus licencias durante mucho tiempo.
Hace 5 años.
2 comentarios:
Que el juez Petra haya sido parte de ese grupo que no aprobó la ley no es extraño.
Acá en Mendoza, ese juez ya era conocido por ser el que había fallado en contra de la UNCuyo en el conflicto por las tierras contra el Barrio Dalvian (uno de los barrios privados más caros de Mendoza, lleno de jueces, políticos, empresarios). El dueño y fundador del barrio es nada más y nada menos que Vila, y por supuesto, que el juez Petra vive en ese barrio (claro, no se iba a desalojar a si mismo).
Acá te dejo una nota de un diario local por si querés leer un poco más sobre el tema:
http://www.losandes.com.ar/notas/2007/6/4/sociedad-232076.asp
Saludos.
Excelente aporte, Leo.
Tengo entendido que la jueza Pura de Arrabal, primera en suspender en primera instancia la aplicación de la ley (y no sólo artículos de ella), también vive en el barrio privado de Vilá... En fin.
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