A un año viernes, 30 de diciembre de 2005



¿Qué tienen en común una caselita y el boliche República Cromañón?
Más de lo que uno podría suponer.

Este artículo salió hoy en Clarin. Y quizás pueda servir para pensar algunas cosas. Y jerarquizar algunas responsabilidades, encontrar el hilo por donde se entra al ovillo. Como para que no pase esto de que todos seamos culpables para que nadie lo sea, como decía allá por agosto.


FALLO CONTRA EL GOBIERNO PORTEÑO, UN LOCAL Y UNA EMPRESA DE JUEGOS
Pagarán $ 35 mil a una nena accidentada en una calesita

En un fallo que establece en términos claros la responsabilidad del Estado por la seguridad de las personas en los lugares privados de uso público, la Justicia condenó al Gobierno de la Ciudad a indemnizar a una nena que se accidentó en una calesita. La chiquita, que tenía 5 años al momento del accidente, perdió partes de dos dedos en un local de juegos de Alvarez Jonte al 3700, que estaba habilitado como farmacia y perfumería.

La Sala F de la Cámara Civil —integrada por los jueces Fernando Posse Saguier, José Luis Galmarini y Eduardo Zannoni— fijó un resarcimiento de 35.000 pesos favorables a la niña accidentada por tres rubros: incapacidad sobreviniente, daño moral y costo de los tratamientos de recuperación física y psicológica. Junto al Gobierno de la Ciudad, los jueces condenaron a la empresa que alquilaba los juegos y a la dueña del local.
En el expediente se demostró que el Gobierno nunca controló las condiciones de seguridad de los juegos, simplemente porque nunca inspeccionó el local. De esta manera, quedó establecido un nexo causal entre el incumplimiento estatal y el accidente: si el Estado hubiese controlado, el comercio habría estado clausurado y no se habría producido el accidente.
Se trata de un caso con algunas similitudes con la tragedia de Cromañón, que puede ser utilizado como antecedente para los reclamos indemnizatorios de los familiares de las víctimas.
"El poder de policía del Estado es una función esencial que éste debe ejercer para cumplir los objetivos de interés general, entre los cuales se encuentra el atender a la seguridad de las personas. Ello explica que para cumplir tales fines esté encargado de habilitar, fiscalizar y clausurar los distintos locales o comercios abiertos al público", dijeron los jueces en el fallo.
Quedó demostrado "no sólo que el salón o parque que funcionaba en el local lo hacía sin la co rrespondiente habilitación —y por ende mal podía verificarse el adecuado estado de los juegos infantiles— sino que, además, resulta insólito que la empresa pudiera haber explotado ese negocio, cuando menos durante casi un año, sin que hubiese existido ningún tipo de control".

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